PATENTE
¿Qué es una patente?
Una patente es un derecho exclusivo que se concede sobre una invención.
Es decir, una patente es un derecho exclusivo que se concede sobre un producto
o un proceso que, por lo general, ofrece una nueva manera de hacer algo o una
nueva solución técnica a un problema. Para obtener una patente, hay que
presentar una solicitud en la que se divulgue públicamente información técnica
acerca de la invención. El titular de la patente puede autorizar o conceder una
licencia a terceros para que utilicen su invención, de conformidad con unas
condiciones mutuamente convenidas. El titular puede, asimismo, ceder el derecho
a la invención a un tercero, que se convertirá así en el nuevo titular de la
patente. Cuando vence la patente, finaliza la protección conferida y la
invención pasa al dominio público; en otras palabras, la invención se puede
explotar comercialmente sin infringir la patente.
¿Cómo
actúa una patente?
Una patente proporciona
protección para la invención al titular de la patente. La
protección por patente se concede por un período limitado, que suele ser de 20
años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
¿Qué derechos confiere una patente?
El
titular de una patente tiene derecho a decidir quién puede utilizar la
invención patentada durante el período de protección. Dicho de otro modo, la
protección por patente significa que una invención no se puede producir, usar
ni distribuir con fines comerciales, ni tampoco vender, sin que medie el
consentimiento del titular de la patente.
¿Qué implica “conceder una licencia de patente” y por qué se conceden
licencias?
Conceder una licencia de patente significa, simplemente, que el titular
de la patente autoriza a otro particular u organización a fabricar, utilizar o
vender su invención patentada. Esta concesión se realiza de conformidad con
unas condiciones (por ejemplo, la cuantía y el tipo de pago que el
licenciatario satisfará al licenciante), para un propósito concreto, en un
territorio determinado y durante un período de tiempo convenido. El titular de
la patente puede conceder una licencia a un tercero por muchas razones. Por
ejemplo, puede carecer de las instalaciones necesarias para fabricar la
invención patentada y, en consecuencia, optar por permitir que otros la
fabriquen y vendan a cambio de pagos de regalías. Otra posibilidad es que el
titular de la patente disponga de instalaciones para su fabricación, pero que
estas no sean lo suficientemente grandes para abarcar la demanda del mercado.
En este caso, el titular puede estar interesado en conceder una licencia de la
patente a otro fabricante a fin de obtener una nueva fuente de ingresos. Otra
situación factible consiste en que el titular de la patente desee concentrarse
en un mercado geográfico; por consiguiente, el titular de la patente puede
decidir conceder una licencia a otro particular u organización, con intereses
en otros mercados geográficos. La suscripción de un acuerdo de licencia puede
contribuir a forjar una relación comercial beneficiosa para todas las partes. El
licenciante continúa teniendo derechos de propiedad sobre la invención
patentada, a diferencia de lo que ocurre al vender o transferir una patente a
otra parte.
¿Quién concede la patente?
La patente es concedida por una oficina nacional de patentes o por una
oficina regional que se encargue de esa labor en nombre de varios países. En la
actualidad, se encuentran en funcionamiento las siguientes oficinas regionales
de patentes:
·
la Organización Africana de la Propiedad
Intelectual (OAPI);
·
la Organización Regional Africana de la
Propiedad Intelectual (ARIPO)
·
la Organización
Eurasiática de Patentes (EAPO);
·
la Oficina Europea de Patentes (OEP),
·
la Oficina de
Patentes del Consejo de Cooperación de los Estados Árabes del Golfo (Oficina de
Patentes CCG)
Con arreglo a estos sistemas regionales, un solicitante solicita protección
para una invención en uno o más Estados miembros de la organización regional en
cuestión. La oficina regional acepta las solicitudes de patente, que surten los
mismos efectos que las solicitudes nacionales, o concede patentes cuando se
cumplen todos los criterios para la concesión de una patente regional. Por el
momento no existe ningún sistema universal e internacional de concesión de
patentes.
¿Qué invenciones se pueden proteger?
Se pueden
conceder patentes sobre invenciones de cualquier sector de la tecnología, desde
un utensilio de cocina de uso diario hasta un chip de nanotecnología. Una
invención puede ser un producto —como un compuesto químico— o un proceso —por
ejemplo, un proceso para producir un compuesto químico específico—. De hecho,
muchos productos comprenden varias invenciones. Por ejemplo, una computadora
portátil puede estar compuesta por cientos de invenciones que funcionan
conjuntamente.
¿Se puede obtener una patente válida en todo el mundo?
Por el momento, no se puede
obtener una “patente mundial” ni una “patente internacional” universal. Las patentes
son derechos territoriales. Por lo general, la solicitud de patente debe
presentarse en cada país en el que se desea obtener protección por patente para
la invención, y de conformidad con lo que se disponga en la legislación de cada
país. Por tanto, una forma de obtener patentes en varios países consiste en presentar una solicitud nacional de
patente en cada oficina nacional de patentes de interés. En algunas
regiones existen oficinas regionales de patentes, por ejemplo, la Oficina Europea de Patentes (OEP) y la Organización Regional Africana de la Propiedad
Intelectual (ARIPO), que aceptan solicitudes regionales de patente y
conceden patentes. Dichas patentes surten los mismos efectos que las
solicitudes presentadas o las patentes concedidas en los Estados miembros de
esa región. Esto significa que, en
determinadas regiones, se puede obtener una patente regional de una oficina
regional de patentes, que es válida en varios de sus Estados miembros o
en todos ellos. Si se pretende obtener la protección por patente en varios
países del mundo, una opción adecuada es presentar una solicitud internacional
en virtud del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), gestionado
por la OMPI. Cualquier residente o ciudadano de un Estado parte del PCT (Estado contratante) puede
presentar una solicitud internacional única que surte el efecto de una
solicitud nacional de patente (y de determinadas solicitudes regionales de
patente) en varios de los Estados contratantes del PCT o en todos ellos. En
algunos casos, esta opción puede ser más sencilla que optar por presentar
solicitudes por separado en todos los países en los que se pretende obtener la
protección. La OMPI ha publicado una serie de publicaciones gratuitas
sobre el tema, entre ellas Las patentes: fuente de información tecnológica y la Guía de la OMPI para la utilización
de información de patentes (en
inglés).
La
OMPI trabaja para desarrollar un sistema equilibrado y eficaz de propiedad
intelectual de ámbito internacional, del que una parte fundamental está
dedicado a las patentes. Los Estados miembros de la OMPI colaboran en distintas
esferas, en particular en lo que respecta a alcanzar acuerdos sobre los
tratados y los convenios que respaldan el sistema de propiedad intelectual y
posibilitan el intercambio mundial de creatividad e innovación. Los servicios de
propiedad intelectual que presta la OMPI, como la facilitación de protección
internacional por patente en virtud del Sistema del PCT,
complementan los servicios disponibles a nivel nacional o regional. Conviene
recordar que la OMPI no concede patentes per se; la decisión de conceder o
rechazar una patente sigue siendo competencia de la oficina nacional o regional
de patentes.
¿Dónde se pueden consultar las legislaciones nacionales en materia de
patentes?
WIPO Lex facilita el acceso a la legislación sobre
propiedad intelectual de un gran número de países y regiones, así como a
tratados de propiedad intelectual.
Muchas
oficinas nacionales y regionales de patentes también suministran información en
sus sitios web acerca de la legislación nacional y regional vigente. Consulte
nuestra lista de oficinas nacionales y regionales de propiedad intelectual.
¿Se puede obtener una patente respecto de una invención relacionada con
un programa informático?
Posiblemente, pero la legislación y las prácticas a este respecto pueden
variar de un país a otro o de una región a otra. Por ejemplo, en la legislación
sobre patentes de algunos países se entiende que las “invenciones” deben tener
“carácter técnico”. En otros países no se imponen requisitos de ese tipo, por
lo que, en general, los programas informáticos son patentables en ellos. No
obstante, esto no significa que todos los programas informáticos se puedan
proteger por patente. Para obtener una patente, la invención relacionada con un
programa informático no debe forma parte de lo que se denomina otra materia no
patentable (como las ideas abstractas o teorías matemáticas) y tiene que
cumplir los demás criterios sustantivos de patentabilidad (por ejemplo, la
novedad, la actividad inventiva [la no evidencia] y la aplicación [utilidad]
industrial). De ahí que se recomiende consultar con un abogado especialista en
propiedad intelectual o con las oficinas de propiedad intelectual de los países
en los que se desee obtener protección. Consulte nuestro directorio de oficinas nacionales y regionales de
propiedad intelectual para ponerse en contacto con un profesional
local de propiedad intelectual, o para ponerse en contacto con un profesional local de propiedad
intelectual, o que ofrece acceso a legislación sobre
propiedad intelectual de todo el mundo. En caso de que la patente no sea una
opción viable para la invención relacionada con un programa informático, puede
utilizarse el derecho de autor como forma alternativa de protección. Los
programas informáticos gozan de protección por derecho de autor en calidad de
obras literarias. La protección se inicia con la creación o fijación de la
obra, como un programa informático o una página web. Asimismo, en general no es
necesario registrar o depositar copias de un trabajo para obtener protección
por derecho de autor. No obstante, conforme a un principio ya arraigado, la
protección del derecho de autor abarca solo las expresiones y no las ideas, los
procedimientos, los métodos de operación ni los conceptos matemáticos en sí. En
consecuencia, muchas empresas protegen el código objeto de los programas informáticos
mediante derecho de autor, y mantienen como secreto comercia el código fuente.
¿Puedo exponer en detalle mi invención a un inversor potencial antes de
presentar la solicitud de patente?
Es importante presentar una
solicitud de patente antes de divulgar públicamente los pormenores de la
invención. Por lo general, todas las invenciones hechas públicas antes de
presentar una solicitud pueden considerarse como parte del estado de la técnica (aunque la definición de la
expresión “estado de la técnica” no es uniforme en el plano internacional, en
muchos países comprende toda la información puesta a disposición del público en
cualquier parte del mundo, sea por medio de una divulgación escrita u oral,
antes de la fecha de presentación). En aquellos países que aplican esta
definición de la expresión “estado de la técnica”, la divulgación pública de la
invención realizada por el solicitante antes de presentar una solicitud de
patente le impediría obtener una patente válida para esa invención, al no cumplir
dicha invención el requisito de novedad. No obstante, en algunos países
se contempla un período de gracia —por lo general de 6 a 12 meses—, lo que
constituye una salvaguardia para los solicitantes que hayan divulgado su
invención antes de presentar una solicitud de patente. Además, el criterio de
novedad puede ser interpretado de formas diferentes en función de la
legislación aplicable. Si es inevitable divulgar la invención antes de
presentar la solicitud de patente —por ejemplo, a un posible inversor o socio
comercial—, dicha divulgación debe traer aparejado un acuerdo de
confidencialidad o de no divulgación. También debe tenerse presente que, por lo
general, conviene no tardar en solicitar la patente a fin de obtener apoyo
financiero para comercializar la invención.
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